Óscar González, el abogado que intenta defender los excesos de Gustavo Petro

Defender que el presidente inaplique leyes a su juicio es una peligrosa distorsión del derecho; la Constitución impone límites, no licencias al poder

Por: José Guillermo Mejía J
julio 01, 2025
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Óscar González, el abogado que intenta defender los excesos de Gustavo Petro

No soy constitucionalista, ni pretendo serlo. Pero como columnista de opinión y ciudadano comprometido con el debate democrático, me siento en el deber de responder públicamente a la carta de Óscar González Arana del 26 de junio de 2025, donde, con tono docto y autoridad autoatribuida, descalifica al abogado Mauricio Gaona y defiende una interpretación del derecho constitucional que, según los verdaderos expertos, es peligrosa y errada. Recordemos que hay especialidades en el derecho.

La tesis peligrosa: presidente como juez de la Constitución

El doctor González afirma que cualquier funcionario público en Colombia, incluido el Presidente, puede aplicar la excepción de inconstitucionalidad y, por tanto, desobedecer normas vigentes si las considera contrarias a la Constitución. Suena bien para los discursos de plaza pública, pero distorsiona los principios básicos de la democracia constitucional.

Los verdaderos constitucionalistas responden

Como periodista, recurro a los que sí tienen la autoridad académica y práctica para hablar del tema, verdaderos constitucionalistas de diversa orientación ideológica.

Mauricio Gaona, abogado constitucionalista con experiencia en cortes internacionales, ha sido claro: el control constitucional difuso existe, pero es función judicial, no del Ejecutivo.

Rodrigo Uprimny, uno de los juristas más respetados del país, ha calificado esta interpretación como “groseramente inconstitucional”.

Viviane Morales, exfiscal, advierte que permitirle al presidente inaplicar leyes a voluntad rompe el principio de legalidad.

José Manuel Cepeda considera dichos mecanismos, como la excepción de inconstitucionalidad ejercida por el Ejecutivo, como intentos de usurpar funciones judiciales, lo que representa una clara amenaza al equilibrio institucional.

González se erige como juez sin serlo

¿Tiene sentido que el señor González, quien tampoco es juez ni constitucionalista, descalifique a estos expertos, minimice la complejidad jurídica y se erija en intérprete final de la Corte Constitucional? En un país donde tanto se habla de defender la institucionalidad, es preocupante que algunos quieran hacer pasar tesis políticas por jurisprudencia.

Citas sesgadas, sin base en la Corte Constitucional

Además, citar sentencias de manera selectiva, como lo hace González, no equivale a tener la razón. No hay decisión de la Corte que le otorgue al presidente una potestad de inaplicación general y autónoma de la ley. En democracia, ningún funcionario está por encima del orden constitucional, y menos aún el presidente.

Consulta popular: ¿participación o abuso del poder?

Que el abogado Óscar González celebre jurídicamente la iniciativa de Gustavo Petro de convocar una consulta popular, como si fuera un acto virtuoso de participación democrática es, en el mejor de los casos, una desorientación jurídica monumental. Y en el peor, una forma velada de legitimar el desbordamiento del orden constitucional.

El periodismo debe exigir límites al poder

Agradezco el debate, pero también exijo rigor. La Constitución no se interpreta en clave de poder, sino en clave de límites. Y la función del periodismo es precisamente esa: no asumir competencias que no le corresponden, sino buscar a quienes sí las tienen, y exigir claridad para que el poder —por bien intencionado que sea— no se salga del cauce institucional.

Un deber ético de rigor y verdad

Este tipo de intervenciones, cuando provienen de voces con cierta formación jurídica, pueden inducir a error a ciudadanos de buena fe. Lo mínimo que se espera de un abogado que opina sobre temas tan delicados es una argumentación sustentada, no en prejuicios ni en alineamientos ideológicos, sino en doctrina, jurisprudencia consolidada y espíritu democrático.

La Constitución no es retórica, es límite al poder

No estamos ante un simple debate académico. Estamos ante una coyuntura crítica para las instituciones del país. Elevar a categoría de doctrina lo que no es más que una interpretación personal —rebatida por constitucionalistas serios— puede ser funcional a un poder que quiere sobrepasar sus límites legales. Por eso esta discusión no es menor: el respeto por el derecho, su interpretación técnica y sus procedimientos, son garantía de estabilidad institucional.

Defensa compartida de la Constitución

Por ello, reitero que defender la Constitución no es una tarea exclusiva de los jueces. También es una obligación de los periodistas, de los abogados responsables, y de los ciudadanos atentos. El ejercicio del derecho no puede convertirse en un instrumento de validación política. Y mucho menos en una coartada para la arbitrariedad.

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