Colombia le cierra las puertas a las corridas de toros tras fallo definitivo de la Corte

La Corte ratificó la Ley “No más olé”, que prohíbe corridas, gallos, coleo y corralejas, un triunfo histórico para la senadora Esmeralda Hernández.

Por: RODRIGO LÓPEZ OVIEDO
septiembre 08, 2025
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Colombia le cierra las puertas a las corridas de toros tras fallo definitivo de la Corte

No sé por qué razón la Ley antitaurina que aprobó el Congreso en junio de 2024 se llamó No más olé, cuando lo que suele oírse en las plazas es ole, con acentuación en la o.

De todas formas, esta Ley le pone fin al abominable espectáculo originado en los tiempos del Imperio Romano, en los cuales los esclavos, y peor aún si profesaban el cristianismo, eran sometidos en los circos a las dentelladas de fieros leones, y todo para satisfacer las bajas pasiones de los emperadores y sus cortes y morigerar los inconformismos de la plebe. Hoy, las víctimas no son esclavos ni cristianos, ni los victimarios son los leones. Hoy las víctimas son toros y victimarios, los cristianos. 

Pese a las demandas de que fue objeto esta Ley y a los argumentos de que violaba el derecho al trabajo, a la cultura y a las tradiciones populares; de que limitaba el libre desarrollo de la personalidad; de que afectaba el ingreso de quienes viven de la fiesta brava, etcétera, la Corte Constitucional ratificó la decisión del Congreso. Todavía no se conoce el texto del fallo, pero muy seguramente debe haber reivindicado el trabajo de carácter digno, no el que desemboca en sangre, sufrimiento y muerte; así mismo, la cultura y las tradiciones realmente populares, no las impuestas en tiempos de la colonia, contentivas de manzanilla y divertimentos salvajes. En cuanto a garantías económicas, la Corte ratificó el término de tres años establecido por la Ley para ponerles fin a estos espectáculos y para que las autoridades ofrezcan programas de reconversión laboral a quienes deriven su sustento de ellos.

No faltarán amigos de la tauromaquia que presenten como réplica la conveniencia de prohibir también el consumo de carne, pues ello igualmente implica el sacrificio de estos animales. Lo que estos señores no entienden es la diferencia entre la muerte ocasionada por diversión y el consumo por necesidad. La muerte del astado por diversión es una muerte lenta, dolorosa, antecedida de la extracción del animal de su ambiente natural, de hambre, picadas, estocadas y banderillas, entre otros salvajes métodos, orientados a limitar su capacidad de defensa, a garantizar la seguridad del torero y a exacerbar las bajas pasiones de los espectadores.

Esta decisión de la Corte se extendió también a las peleas de gallos, las corralejas y el coleo, lo cual redondea el éxito alcanzado por la autora de la iniciativa, senadora Esmeralda Hernández, integrante del Pacto Histórico, al igual que premia la larga lucha de una comunidad de animalistas que hoy tienen todo el derecho a celebrar como propia esta decisión. Para todos, las más sinceras felicitaciones.

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