El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordena al CNE y a la Alcaldía, entidades accionadas, que no obstaculicen el trámite de revocatoria y “den celeridad al proceso en virtud del mandato popular”. Desde hace más de un mes la registraduría había avalado las firmas para llevar a cabo el proceso, pero en el Consejo Nacional Electoral no se había querido determinar un procedimiento claro, según explica la tutela. Con este fallo, el CNE tiene 48 horas improrrogables para destrabar el proceso contra el alcalde Enrique Peñalosa.
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