Jueces duros, enfrentados a plazos apremiantes, decidirán en segunda instancia la apelación que la defensa de Álvaro Uribe Vélez contra el fallo de la jueza Sandra Heredia que halló al expresidente culpable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Duros porque ya intervinieron en el proceso que se ha extendido por 13 años y habilitaron, en su momento, pruebas que la cuerda del procesado consideraba inválidas. Enfrentados al apremio del tiempo porque, si no hay decisiones en firme, el caso prescribirá el próximo 16 de octubre.

A las 7:23 de la noche del lunes 28 de julio la jueza 44 penal del Circuito, tras concluir la lectura -durante más de once horas- de apartes sustanciales de su fallo de 1.000 páginas se fijó dos tareas para el viernes primero de agosto: fijar la sentencia y decidir una primera solicitud de la defensa en el sentido que el exmandatario no vaya a la cárcel, sino que pueda esperar en su casa lo que se decida respecto a su apelación.
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En medio de la polarización se generó durante todo el trámite de apelación, se produjo entre las partes un primer acuerdo. Los abogados de quienes son consideradas las víctimas en este caso no se oponen, por razones jurídicas y humanitarias, a una libertad controlada o a que Uribe permanezca en detención domiciliaria.
¿Quiénes son los jueces que decidirán la apelación que ya alista el abogado penalista Jaime Granados?
Se trata de tres magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá: Manuel Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo.
Hace tres años, cuando el Tribunal no acogió la primera resolución de la Fiscalía que buscaba la preclusión del caso, su Sala Penal refrendó la validez de pruebas que eran cuestionadas por la defensa tales como las interceptaciones a la línea celular del expresidente que fueron hechas, según la propia Corte Suprema de Justicia, “por equivocación”.
El magistrado Manuel Merchán, abogado de la Universidad Externado consideró entonces que, si bien las interceptaciones fueron hechas dentro de un proceso distinto seguido a un congresista chocoano, el hecho de que la Corte Suprema las hubiera traslado a la causa contra Uribe representaba un aval suficiente para desechar los cuestionamientos sobre su validez.
Las conversaciones grabadas por esa vía y reforzadas luego con el uso de teléfonos espías que capturaban imágenes y voces registraron las conversaciones de Uribe con su primer abogado, Diego Cadena, en las que se reflejaba -según la juez- su intención de persuadir a toda costa al testigo Juan Guillermo Monsalve para que modificara sus versiones contra el estadista jefe del Centro Democrático. Monsalve, un exparamilitar condenado por delitos de lesa humanidad, fue quien aseguró ante la Corte Suprema que el exmandatario había decidido la creación del bloque metro de las autodefensas.

Merchán y sus compañeros de sala, que ahora habrán de resolver la segunda instancia, rechazaron unánimemente la nulidad reclamada entonces por la defensa de Uribe y permitieron que el proceso siguiera su curso.
Otro segundo pronunciamiento clave de la sala -ahora juez de segunda instancia- se dio en relación con la calificación de los delitos. Con ponencia de Merchán, la sala respaldó la calificación de las conductas hecha por parte de la fiscalía. Respaldó la figura del “dolo directo” en la acusación, lo que significa que compartía el criterio según el cual Uribe actuó con intención clara de manipular a los testigos en su contra. El pronunciamiento se produjo poco antes de la iniciación de la audiencia preparatoria del juicio.
Según penalistas, el hecho de que la Sala Penal del Tribunal se haya pronunciado en algunos momentos medulares del proceso no significa de manera alguna que sus magistrados deban declararse impedidos para conocer la segunda instancia. Lo que hicieron, según explican, fue resolver incidentes específicos que no los ponían ni a favor ni en contra de fallo adverso al procesado. Así las cosas, su criterio sigue libre para decidir en derecho.
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El tema la libertad para el expresidente mientras concluye el caso parece tener en principio, el respaldo de la juez. Al comienzo de la audiencia de lectura del fallo ella misma reconoció que Uribe ha tenido una “actitud gallarda” y ha cumplido cabalmente su comparecencia. A esos atributos el abogado Granados le agrega que también ha tenido un arraigo identificado, es decir, que la justicia sabe bien dónde vive y permanece.
Otra parte de las discusiones girarán ahora sobre una jurisprudencia de la Corte, invocada por Granados, que considera que ordenar la captura de una persona en estas condiciones no es conveniente por razones de ponderación y razonabilidad. Recordó que su cliente tiene actividades que ejerce legal y pacíficamente: es ganadero y dirige una colectividad política.

A partir del viernes primero de agosto correrán cinco días hábiles para que la defensa del primer expresidente de la República condenado en tiempo reciente sustente su recurso de apelación. A mediados de ese mes la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá comenzará a estudiar el recurso y tendrá dos meses para resolver antes de que se produzca la prescripción.
Aún si hubiera decisión y Uribe, que todavía cuenta con la presunción de inocencia, recibiese otro fallo adverso tendría la opción de interponer un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
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