El memorando de entendimiento firmado entre Colombia y Venezuela de 2025 para la creación de una “Zona Binacional de Paz” ,ha servido de base para que los dos gobiernos anuncien posibles operaciones militares conjuntas en zonas fronterizas para que ambos gobiernos hablen de la existencia de un ejército común que rescate el sueño del libertador de una patria común.

Aunque luego moderó su posición y dijo que nunca habló de una “fusión” de las fuerzas armadas de los dos países, en su discurso del 7 de agosto en Leticia el presidente Gustavo Petro despidió a las tropas que le rindieron honores militares con un “descanse el Ejército bolivariano”. Nicolás Maduro, cabeza del régimen venezolano, ha hablado de operaciones conjuntas territorios para erradicar, según él, factores de violencia como el narcotráfico.
Congresistas de las comisiones segundas de Senado compuesta por 13 representantes de la que forman parte pesados senadores afines al gobierno como Iván Cepeda y Gloria Flórez y de la Cámara compuesta por 19 representantes, encargados del tema de la defensa y la seguridad social, están de acuerdo en que las tropas de un país extranjero no podrían tocar el territorio colombiano y que las Fuerzas Armadas colombianas no podrían hacer ninguna avanzada en suelo venezolano sin la aprobación del Congreso de la República, refrendada por ley.
Eso fue lo que en su momento le dijeron el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en 2009 al entonces presidente Álvaro Uribe Vélez cuando negoció con Estados Unidos un Acuerdo de Cooperación militar que habría permito a fuerzas de ese país tener presencia permanente en bases estratégicas colombianas en ambos literales.
¿Cuál es la diferencia entre el acuerdo de cooperación militar con Estados Unidos de Álvaro Uribe y el Petro con Maduro?
La concepción del acuerdo de Uribe con Estados Unidos era más evolucionada y técnica que el pactado por Petro y Maduro. Se trataba de un “Acuerdo Simplificado” que, según sostenía Uribe, que desarrollaba obligaciones previamente establecidas en instrumentos de tipo multilateral suscritos por los dos Estados contratantes y que, por ende, no requería para su aprobación de trámite legislativo ni de opinión favorable del Consejo de Estado.
Sin embargo, bajo la presión de sectores de oposición -de los que hacía parte el hoy presidente Petro- decidió consultar al alto tribunal, como lo prevé el artículo 237 de la Constitución Política.
En las audiencias de trámite reservado ante la Sala de Consulta del Consejo de Estado, el mandatario y sus ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y del Interior y Justicia sostuvieron al unísono que el texto proyectado no incorporaba obligaciones nuevas para el Estado colombiano que estuvieran por fuera de la órbita exclusiva de las funciones del presidente como director de las Relaciones Internacionales. También, que la presencia de militares de Estados Unidos en suelo colombiano no sería distinta a la ocurrida durante los últimos 50 años: representaría, según la versión oficial, un ejercicio de asesoría sin funciones operacionales de mando.
El Consejo de Estado desestimó esa posición y consideró equivocada la invocación que los dos gobiernos, el de Colombia y Estados Unidos, hacían del Tratado Interamericano de Ayuda Recíproca (TIAR), de 1947, concebido como mecanismo para preservar la seguridad colectiva de los estados americanos frente a una agresión de un tercero país, pero no de grupos irregulares como la guerrilla.
Inicialmente, el gobierno Uribe se apartó del concepto del Consejo de Estado y dos semanas después de conocerlo., firmó el Acuerdo de cooperación con Estados Unidos. Hugo Chávez, en esa época presidente de Venezuela y sectores de izquierda de los dos países, sumaron voces para acusar al gobierno colombiano de lanzar “operaciones de espionaje” contra Caracas y de servir de punta de lanza a un eventual ataque de Estados Unidos contra el régimen venezolano desde las bases contempladas en el acuerdo.
El Acuerdo se cayó por no haber pasado por el Congreso. El 27 de agosto de 2009, la Corte Constitucional declaró inexequible lo pactado entre Bogotá y Washington, con razones fueron similares a las expuestas en el concepto del Consejo de Estado.
La Corte Constitucional le recomendó al Gobierno llevarlo al Congreso para su aprobación como tratado público. Juan Manuel Santos, sucesor de Uribe, optó por no seguir adelante con el Acuerdo porque inicialmente quiso distensionar las relaciones con Venezuela.
El soporte jurídico que tiene el acuerdo entre Petro y Maduro es tan solo un memorando de entendimiento, de inferior categoría a los tratados que requieren la aprobación de una ley. Por esa razón, en el campo militar no podría aplicarse sin que pase previamente por las cámaras legislativas.
Así, tendría que limitarse a promover inversiones en el área binacional y para impulsar el mercado exportador, pero no para “invitar” a la presencia de fuerzas armadas en territorios ajenos a los suyos.
Se trata de un concepto claro que el presidente Petro tendrá que respetar, así se den situaciones complicadas como la que puede crearse con el despliega de tres buques de guerra norteamericanos frente a Venezuela ordenada por Donald Trump en una de sus mayores operaciones militares en el Caribe.

Cerca de 4.000 marineros hacen parte de la operación, cuyo objetivo oficial es, según la visión de Caracas. intensificar la lucha contra el narcotráfico en América Latina un pretexto del Departamento de Estado para actuar de facto con el argumento de que los recursos desplegados buscan “contrarrestar amenazas contra la seguridad nacional de Estados Unidos provenientes de organizaciones narcoterroristas designadas en la región”.
Aún se desconoce cuál será la reacción de Nicolás Maduro, pero por el lado colombiano el presidente Petro tendrá que quedarse quieto, si se atiene a los antecedentes legales y jurisprudenciales.
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